martes, 11 de octubre de 2011

Riesgo Latente

(¿Impunidad a narcomenudistas?)

Por Omar Williams López Ovalle

La Suprema Corte de Justicia de la Nación  resolvió que los jueces del fuero común son competentes para resolver procesos penales relacionados con delitos contra la salud en su modalidad de narcomenudeo, salvo casos excepcionales. En estos términos se expresó hace apenas unos días cuando resolvió 22 amparos promovidos por acusados de narcomenudeo todos de Guanajuato.

Durante la sesión de la primera sala del máximo tribunal, los ministros aclararon que el fallo es válido siempre y cuando no se trate del destino y destrucción de narcóticos, ni clasificación de delitos graves para fines de otorgar libertad bajo caución.

Para la SCJN advierte los estados de la república no deberán dar largas a las modificaciones correspondientes para que los distribuidores de droga en pequeña escala sean enjuiciados en tribunales locales, con el apunte correspondiente que, llegado el plazo, aun y cuando no hubiesen realizado los ajustes necesarios a los códigos penales correspondientes, la competencia será exclusiva de cada una de las entidades federativas. Este plazo ya venció.


Es importante resaltar que la sala revisó 22 amparos promovidos por acusados de narcomenudeo  quienes alegaron incompetencia de los jueces federales que los procesaron, con base en la reforma de agosto de 2009 a la Ley General de Salud, la cual otorgó atribuciones a las autoridades locales para llevar esos casos.


Los ministros señalaron que “desde el 21 de agosto de 2010 se encuentra vigente la competencia de las autoridades estatales para resolver delitos de narcomenudeo, en la inteligencia de que el hecho de que las entidades no hayan realizado las adecuaciones legislativas correspondientes dentro del plazo establecido para tal efecto, que es de un año, no es impedimento para que se surta efecto la referida competencia”.

La primera sala no negó ni concedió los 22 amparos. Sólo se limitó a aclarar el punto y remitió los expedientes a tribunales colegiados de Guanajuato para que dicten la sentencia final, es decir, pudiendo cancelarlos o bien, dictar la reposición del juicio ante un juez local.

En esta sesión de la primera sala de la SCJN se señaló que la mayoría de los estados no han realizado las modificaciones para aterrizar las reformas a la Ley General de Salud y de los códigos Penal Federal y Federal de Procedimientos Penales, apuntando, desde luego, que ello no eximirá de la responsabilidad correspondiente ante un mandato constitucional del que nadie deberá soslayar.

Ante esta postura del máximo órgano de justicia en el país, las entidades federativas, entre ellas Aguascalientes, deberán actuar sin demora para evitar que este tipo de delincuentes empleen esta rendija jurídica y su actividad quede impune.


Apelar la incompetencia de jueces federales en el tema del narcomenudeo es lo de hoy.


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